1. ¿Qué es un contrato de trabajo? El contrato de trabajo es un acuerdo en virtud del cual una persona natural se obliga a prestar servicios personales bajo subordinación y dependencia a cambio de una remuneración. Según el artículo 7 del Código del Trabajo, este vínculo genera derechos y obligaciones recíprocas entre trabajador y empleador, sin necesidad de formalidades excesivas: basta la prestación de servicios para que exista.
2. ¿Debe ser siempre por escrito? Sí. El empleador debe escriturar el contrato dentro de los 15 días siguientes al ingreso del trabajador, o dentro de 5 días si se trata de contratos por obra o faena, de temporada o de plazo inferior a 30 días. Si no lo hace, se expone a multas y a que se presuman ciertas cláusulas en favor del trabajador (como funciones y remuneraciones).
3. Contenido mínimo del contrato El Código del Trabajo exige que todo contrato incluya, al menos, identificación de las partes, fecha de inicio de la relación laboral, descripción de funciones, lugar o lugares donde se prestarán los servicios, remuneración y forma de pago, jornada laboral y descansos y plazo del contrato (indefinido, plazo fijo, obra o faena).
Este contenido no puede omitirse y constituye la base de la relación laboral.
4. Modificaciones al contrato: ¿Cómo se realizan? Las modificaciones deben pactarse por escrito mediante un anexo de contrato. Estas deben ser voluntarias, no pueden implicar renuncia de derechos y deben respetar los límites legales (especialmente en jornada, funciones y remuneración). Cambios unilaterales por parte del empleador pueden constituir prácticas ilegales o incluso justificar un auto despido.
5. Importancia probatoria en caso de conflicto En juicios laborales, el contrato es un documento esencial: determina funciones, remuneración, jornada y condiciones pactadas. Su ausencia o falta de claridad suele beneficiar al trabajador, ya que la legislación laboral chilena aplica principios protectores, como el in dubio pro operario.
6. Buenas prácticas para empleadores y trabajadores – Mantener contratos y anexos actualizados. – Describir funciones de forma clara y coherente con la realidad. – Evitar cláusulas ambiguas o excesivamente amplias. – Resguardar copia firmada por ambas partes. – Documentar cualquier cambio relevante.


